DESIGNACIÓN DE BECAS
La Fundación Educacional Liceo San Francisco de Vallenar, en su calidad de Sostenedor del Liceo San Francisco de Vallenar RBD 479-0, informa a la Comunidad Educativa el Sistema de Becas que corresponde aplicar en el establecimiento de Financiamiento Compartido, en cumplimiento a los dispuesto en el artículo 24, DFL N° 2, año 1998 y Artículo 2 N° 6, Ley 19.532.
Artículo N° 1 Comisión de Becas
1.1 Se conformará una Comisión Interna de Becas, compuesta por tres representantes del Sostenedor, por la Directora del Liceo San Francisco, por la Trabajadora Social y otro profesional que determine la Directora del colegio, quien debe contar con competencias profesionales del área social idóneas para el apoyo en proceso de preparación, evaluación y entrega de resultados de las postulaciones.
1.2 Los Criterios de selección, para el otorgamiento del beneficio de la beca, estarán enfocados en primera instancia cumplir con los cuerpos legales: Decreto Supremo 196 de Educación, DFL 2 Art. 24, Ley 20.248 Subvención Especial Preferencial Art. 6 y Situación Socioeconómica de la familia del alumno(a), siendo ésta acreditada con la documentación pertinente.
1.3 Una vez cumplidas las exigencias señaladas en el punto anterior, se considerarán parte importante del proceso en el otorgamiento de becas:
- Presentación de los trabajos solicitados durante el año 2021, ya sea en clases en modalidad en línea e Híbridas considerando el primer plazo entregado dentro del primer plazo entregado por el profesor/a.
- Promedio de Evaluaciones cualitativas o cuantitativas según corresponda al término de año, igual o superior a nota 6.0.o su equivalente en concepto MB.
- El cumplimiento del Contrato de Prestación de Servicios y Reglamento Interno de Convivencia Escolar.
- En caso de requerirse se solicitará informe escrito de parte profesores jefes de los alumnos que postula.
Artículo N° 2 Tiempos de Postulación
2.1 Al proceso de becas podrán postular todos los alumnos del Liceo San Francisco siempre y cuando cumplan con lo establecido en el presente reglamento.
2.2 El proceso de beca se iniciará, durante la quinta semana de Septiembre del año anterior al que se postule al beneficio y se avisará por escrito a los padres y/o apoderados, respecto a la documentación requerida.
2.3 El período de postulación a las becas, será hasta la cuarta semana de septiembre de cada año, acorde a lo enunciado en el pto. 2.2 postulación que deberá ser por escrito en el Formulario de Postulación, puesto a disposición de los interesados en el establecimiento educacional ó descargado de la página web del liceo.
2.4 Desde la última semana de septiembre hasta la última semana de noviembre se realizará el proceso de evaluación de la documentación entregada por el apoderado
2.5 Se darán a conocer los resultados la segunda semana de Diciembre.
2.6 La apelación se realizará, una vez conocidos los resultados, la segunda semana del mes de Diciembre.
2.7 Las becas se asignan por el período escolar que comprende desde Marzo a Diciembre de cada año; sin perjuicio de lo establecido en el Art. 4 del DFL2, respecto a la obligación de reevaluar las becas al segundo semestre de cada año y reasignar los recursos disponibles en este ítem.
2.8 Otras situaciones extraordinarias que puedan surgir, podrían ser evaluadas por la comisión.
Artículo N° 3 Requisitos Necesarios
El Formulario de Postulación deberá ser llenado por el apoderado del alumno y deberá señalar a lo menos:
a) Identificación del Alumno.
b) Antecedentes del Grupo Familiar.
c) Situación Económica del grupo familiar.
d) Antecedentes Sociales del grupo familiar.
e) Estado de Salud del grupo familiar.
f) Nivel Educacional de los responsables del grupo familiar.
g) Breve descripción de las causales que le motivan a postular.
Nota: en caso de ser apoderado de más de un alumno/a, debe entregar y completar un formulario por cada estudiante.
Artículo N° 4 Documentos Solicitados
4.1 Cada Formulario de postulación a becas, debe adjuntar la respectiva documentación de respaldo que a continuación se indica:
1) Ficha de Registro Social de Hogares.
2) 3 Liquidaciones de Sueldo de cada integrante del grupo familiar del alumno(a).
sino cuenta con liquidaciones de sueldo, favor acreditar ingreso familiar (declaración jurada simple). Considerar además pago de pensión de alimentos (comprobantes de pago, resolución de Tribunal de familia correspondiente o acuerdo de mediación).
3) En caso de recibir pensión de invalidez o vejez, adjuntar 3 últimos comprobantes de pago.
4) 12 últimas cotizaciones de previsionales.
5) Si es independiente presentar las últimas 6 declaraciones de IVA, formulario F-29 del presente año. Si cuenta con trabajo no formalizado debe presentar declaración jurada simple donde indique promedio de ingresos mensuales..
6) Respaldo de gastos de necesidades básicas: Luz, Agua, contrato de Arriendo ó documentación que acredite este gasto, Comprobantes de Dividendo.
7) Para integrante de la familia que estudia en la educación superior, presentar certificado de Alumno Regular del semestre actual, Boletas de pagos relacionados con instituciones de educación superior de otro u otros integrantes del grupo familiar del alumno. Comprobante de pago de pensión habitacional si fuese el caso.
8) Certificado médico del integrante del grupo familiar del alumno(a) que presente alguna enfermedad de carácter crónica o catastrófica.
8.1 Si la enfermedad requiere de un tratamiento de alto costo o costos permanentes, adjuntar documentación de respaldo (copia de bonos, boletas y copia de recetas de medicamentos permanentes).
9) En caso de Cesantía, presentar finiquito y AFC seguro de cesantía y 12 últimas cotizaciones previsionales.
Nota: Si el formulario no es completado de manera correcta, con los datos correspondientes, y/o no presenta la documentación de respaldo que acredite los datos expuestos, no será posible realizar la evaluación, por lo tanto, NO ingresará al proceso de postulación.
Si se requiere documentación adicional, se contactará personalmente para solicitarla.
Artículo N° 5 Ponderación Especial para Pastoral Juvenil y ACLE (Actividades Curriculares de Libre Elección)
5.1 Considerando aspectos socioeconómicos, participación activa y responsabilidad de un Alumno/a respecto de la Pastoral Juvenil y las ACLE impartidas en nuestro establecimiento, tales como: (Básquetbol, Banda, Música u otra actividad vigente al momento de postular), podrán optar a una ponderación adicional correspondiente al 15% del puntaje total. Previo formulario que acredite la participación y responsabilidad otorgado por el Encargado/a de ACLE y Encargada de Pastoral Juvenil, respectivamente.
5.2 Para alumnos de los primeros medios pertenecientes al año lectivo, se podrá considerar su participación en pastoral juvenil en las parroquias pertenecientes a al valle sur de la diócesis de Copiapó, mediante certificado de participación que emita párroco y/o representante de la vicaría de la educación de Atacama.
5.3 Si alguna ACLE no se encuentra en ejecución al momento de la evaluación de beca, esta asignación de puntaje se dejará sin efecto.
Artículo N° 6 Resultados
6.1 Todos los antecedentes entregados por los postulantes al beneficio de la beca, serán ingresados a una base de datos. La asistente social y la profesional designada por la directora del establecimiento, asignarán un valor a cada una de las variables socioeconómicas identificadas en el Formulario de Postulación, las que debidamente ponderadas sumarán el 100% de las mismas.
6.2 Asignada la beca, los resultados serán entregados única y exclusivamente a los padres y/o apoderados durante la segunda semana del mes de Diciembre de cada año. Este hecho será informado y certificado por el respectivo establecimiento educativo.
6.3 Los alumnos que sean favorecidos con la Beca y que presenten morosidad en sus pagos mensuales de escolaridad, y que ya cuenten con con este beneficio desde el año anterior, deben regularizar su situación al momento previo a la matrícula, y de esta manera asignar efectivamente la beca.
Artículo N° 7 Apelaciones
7.1 Todo apoderado podrá apelar al resultado de beca. El plazo para hacer uso de este recurso será de 2 días hábiles posteriores a la entrega de los resultados, según lo señalado en el pto. “6.2”.
7.2 Las profesionales a cargo de las evaluaciones presentarán a la comisión interna de becas las apelaciones, y la respuesta se entregará en un plazo de 5 días hábiles siguientes a la recepción del recurso de apelación.
El beneficio de la beca se puede perder por una o más de las siguientes razones:
Artículo N° 8 Extinción o Pérdida de la Beca
El beneficio de la beca se puede perder por una o más de las siguientes razones:
8.1 Retiro o cambio de colegio.
8.2 Renuncia a la beca.
8.3 Adulteración o falsedad de la información entregada.
8.4 Faltas graves al reglamento de interno de convivencia escolar.
8.5 Término del año escolar, duración establecida en la legislación vigente.
8.6 Incumplimiento de contrato de prestación de servicio educacional.
8.7 Bajo rendimiento académico del alumno becado, según lo señalado en el pto.”1.3”.
Acepto y tomó conocimiento del reglamento de beca Interna del Liceo San Francisco.